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Raimundo promulgó una ordenanza que eleva las penas por actos de crueldad a los animales

La nueva norma establece multas de 100 unidades fijas como mínimo y 800 como máximo, en tanto que la anterior disponía un rango de 45 a 400. El proyecto fue presentado por el bloque de concejales del oficialismo y luego aprobado en el recinto.

El intendente Leonardo Raimundo promulgó ayer una ordenanza que eleva las penas por actos de crueldad a los animales. El proyecto, presentado por el bloque del Frente Progresista, Cívico y Social, había sido sancionado anteriormente por el Concejo Municipal.

La nueva norma, modificatoria del artículo 96º de la ordenanza Nº 3758, establece multas de 100 unidades fijas (UF) como mínimo y 800 como máximo, así como la clausura de 30 días en caso de locales comerciales y/o el comiso de los artículos para cometer la falta. La anterior disponía 45 UF como mínimo y 400 como máximo. Vale recordar que una Unidad Fija es equivalente al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.

Se considera maltrato animal a los comportamientos u omisiones que causan un dolor innecesario a un animal; desde la negligencia en los cuidados básicos hasta la tortura, mutilación o la muerte intencionada.

La Ley Nacional Nº 14.346 de Malos tratos y actos de crueldad hacia los animales establece penas de prisión de 15 días a un año, por lo que el municipio remitirá las actuaciones correspondientes a la justicia ordinaria.

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