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Desde el martes, los bancos ya no tendrán que exigir fe de vida a jubilados y pensionados

La medida beneficia a las personas registradas Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y a los beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social. Cómo se preparan las entidades para implementar el pago de las prestaciones sin pedir la presentación periódica del trámite de supervivencia.

Cerca de cuatro millones de jubilados y pensionados que tenían que realizar periódicamente el trámite de supervivencia o fe de vida dejarán de hacerlo a partir del martes 25 de julio, cuando comience a estar vigente la Ley 27.721 que elimina ese requisito para el cobro de sus haberes y otros beneficios previsionales.

De esta manera, los 7,3 millones de jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) pasarán a estar en igualdad de condiciones, ya que unos 3,2 millones estaban eximidos del trámite por sucesivas decisiones de los bancos donde cobran sus haberes.

Al respecto, la primera entidad que dejó sin efecto el requisito de fe de vida fue el Banco de la Provincia de Buenos Aires desde septiembre de 2019, por tener sus bases de datos en línea con el Registro Nacional de las Personas (Renaper), según indicaron a Télam.

La fe de vida había sido suspendida transitoriamente en el primer tramo del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), al irrumpir en marzo de 2020 la pandemia de coronavirus en Argentina. Pero volvió a ser pedida a partir del 17 de febrero de 2022, aunque con algunas excepciones que tomaron las entidades por razones de edad o disponibilidad de información.

Tal fue el caso de algunos bancos que solamente exigían la fe de vida para los jubilados y pensionados mayores de 74 años o, como en el caso del Supervielle, en enero de este año dejaron el trámite sin efecto para quienes cobrasen beneficios de la Anses en Córdoba, debido a la integración de la información con el Registro Civil Digital de esa provincia, con las defunciones actualizadas en todo su territorio.

El fin de la «Fe de vida»

La Ley 27.721 fue publicada el 17 de julio en el Boletín Oficial y, tal como establece el Código Civil, si las leyes no especifican en su articulado una fecha de entrada en vigencia, «rigen después del octavo día de su publicación oficial», es decir el martes 25 de julio.

La norma faculta en su artículo tercero a la Anses a «dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes», que son esperadas por los bancos para la correcta implementación de lo dispuesto en la ley.

De todos modos, de las consultas realizadas por Télam a más de una docena de entidades, se desprende que el cumplimiento de la nueva legislación no representará dificultades, en parte porque cerca del 45% de los jubilados y pensionados ya no deben realizar el trámite y también porque los bancos que atienden al 55% restante ya estaban encaminados a facilitar el cobro de haberes.

La implementación en los bancos

Desde la Anses indicaron que los bancos Nación, Provincia de Buenos Aires, de Córdoba, de La Pampa, de San Juan, de Entre Ríos, de Santa Cruz y de Santa Fe ya no pedían el trámite de supervivencia, un lote al que en los últimos meses se sumaron el Piano, Supervielle y Santander.

Este último banco automatizó el servicio el 15 de marzo y dejó de pedir desde entonces el trámite, además de otorgarle a los jubilados una serie de beneficios adicionales como «cuentas y paquetes totalmente bonificados, ahorros en farmacias, supermercados, seguro de auto, tasas preferenciales de préstamos personales y una línea telefónica con prioridad de atención», indicaron a Télam, además de $ 5.000 de bienvenida a los jubilados que abran su nueva cuenta.

En el caso del Banco Nación, la exigencia del trámite «se levantó el 8 de abril de 2022, para todos, sin segmentar por edades, ni sucursales», precisaron en la entidad oficial.

En el Macro remarcaron que se ajustarán «a lo que dice la ley y la reglamentación de la Anses» y que hasta entonces (en los hechos, sólo el lunes) «seguiremos como estábamos haciendo, validando la identidad con alguna compra con tarjeta de débito».

En el Banco Provincia aseguraron que desde hace cuatro años se «implementó exitosamente la actualización automática de la supervivencia, mediante los organismos que garantizan el registro e identificación de las personas», y en consecuencia, «ya no es necesario presentarse en una sucursal ni realizar una compra con Tarjeta de Débito para poder cobrar haberes».

«Tanto los beneficiarios como los apoderados pueden cobrar a través de la red de más de 1.700 cajeros automáticos que el Banco tiene en el territorio de la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», agregaron.

Supervielle aclaró que ya venía trabajando en un plan progresivo para simplificar el proceso de cobro a cada vez más beneficiarios, teniendo en cuenta la «cantidad importante de clientes que el banco tiene en el segmento previsional».

Asimismo, indicaron a Télam que se cuenta con «servicios especializados como la app Supervielle Jubilados, para simplificarles la operatoria lo más posible y que tengan que hacer menos trámites, así que en ese sentido ya se vienen preparando para cuando la ley entre en vigencia».

Desde el Banco Comafi indicaron que están «trabajando para que el sistema deje de bloquear las cuentas con fe de vida vencida y no se lo solicite más», en tanto en el Columbia señalaron que ya están «dando cumplimiento a la ley» y se dejó de pedir la supervivencia a sus clientes.

Por su parte, el Itaú aclaró que, como parte de «la centralidad en el cliente», desde noviembre del año pasado que no solicita a los jubilados la realización del trámite para el cobro de sus haberes.

Otros bancos, como el Ciudad, el Galicia y el Credicoop, señalaron que están preparando sus sistemas para no exigir acciones de ninguna índole para el cobro a jubilados y pensionados, aunque en todos los casos puntualizaron que están a la espera de la reglamentación.

(Con información de Télam)

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