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Coronavirus: San Lorenzo refuerza medidas de control

A las disposiciones que se tomaron la semana pasada se sumaron otras que apuntan a mitigar la propagación del COVID 19. El intendente Leonardo Raimundo y su equipo monitorean minuto a minuto la situación en la ciudad y se mantienen atentos a los anuncios que se implementan a nivel provincial y nacional.

En línea con las disposiciones tomadas por el Gobierno Nacional, la Municipalidad de San Lorenzo anunció una serie de medidas “a fin de mitigar la propagación del COVID 19 y su impacto sanitario”. Su implementación se formalizó mediante el decreto N° 303 firmado por el intendente Leonardo Raimundo, quien junto a su equipo de trabajo vigila de manera constante la situación en la ciudad al tiempo que sigue de cerca los anuncios de los gobiernos provincial y nacional.

Las medidas:
  1.  Suspensión de reuniones y/o eventos multitudinarios en lugares abiertos o cerrados.
  2.  Cierre de ingreso al público en museos de administración municipal, Centro Deportivo y Recreativo Municipal, teatros y auditorios.
  3.  Suspensión de clases en el Centro Cultural y Educativo Municipal “Brigadier General Estanislao López” y en Jardines Maternales Municipales.
  4.  Cierre de confiterías bailables, discotecas y cantinas.
  5.  Suspensión de actividades recreativas, deportivas y culturales organizadas por la municipalidad con la participación de adultos mayores.
  6.  Limitación de público y/o personas presentes en actividades deportivas, actividades religiosas, bares, restaurantes, gimnasios y salones de fiestas (1 persona cada 2 metros cuadrados)
  7.  Instar a la población a realizar en dependencias municipales solamente trámites estrictamente necesarios propendiendo a la realización los vía telefónica o de manera online.
  8.  Otorgamiento de licencia obligatoria a empleados mayores de 60 años, diabéticos insulino dependientes, con insuficiencia cardíaca, Epoc, inmunodeprimidos, en terapia oncológica y embarazadas.
  9.  Provisión de jabón, alcohol en gel y demás elementos necesarios a los empleados municipales de atención al público.
  10.  Limitación de ingreso a dependencias municipales de atención al público de no más de diez personas por vez.
  11.  Suspensión de actos públicos oficiales multitudinarios

Imagen: FM Universal

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