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Caso Chiara Páez: la Corte Suprema anuló la condena contra el autor del femicidio

Se trata de Manuel Mansilla, quien fue condenado a más de 21 años de prisión por haber asesinado y enterrado a la joven de 14 años en el patio de su casa. Para el máximo tribunal, la sentencia no se ajustó a los derechos de enjuiciamiento juvenil.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló la condena contra el autor del femicidio de Chiara Páez ocurrido en 2015 en la ciudad de Rufino, en el sur provincial. Se trata de Manuel Mansilla, condenado a 21 años y seis meses de prisión por haber asesinado y enterrado a la joven en el patio de su casa. Tal suceso, fue el puntapié para la creación del movimiento nacional de mujeres, “Ni Una Menos”.

La reciente resolución, dictada el 27 de diciembre pasado, estuvo a cargo de los seis ministros que conforman el máximo tribunal: Daniel Aníbal Erbetta, María Angélica Gastaldi, Roberto Héctor Falistocco, Mario Luis Netri y Eduardo Guillermo Spuler, con la presidencia del titular doctor Rafael Gutiérrez. De los seis, solo Netri votó en contra de la anulación.

El fallo hizo lugar a un pedido realizado por la Defensora General y del Asesor de Menores de Venado Tuerto, Gabriela Del Castillo, quien interpuso un recurso de revisión de la sentencia de Mansilla tras argumentar que la pena impuesta no contempló “los estándares internacionales del juzgamiento de jóvenes menores de edad”, ya que “su estado de inmadurez requiere otro tipo de ponderación por parte del Estado”.

Los ministros de la Corte analizaron la situación procesal y de juzgamiento de Mansilla y concluyeron en anular la condena impuesta y ordenar al tribunal de origen de la causa para que se pronuncie nuevamente al respecto y emita una sentencia acorde a las condenas contra menores en caso de homicidios, cuyos montos tienen por lo general penas de hasta quince años como máximo. Aunque de todos modos, pueden variar.

“Al confirmar la pena impuesta en primera instancia, se apartó de los principios específicos vigentes en el derecho penal juvenil y del de legalidad -al efectuar una integración normativa en perjuicio del imputado-, lo cual la torna descalificable desde la óptica constitucional, debiendo ser anulada”, consideró el fallo en uno de sus tramos.

De los seis integrantes del máximo tribunal el único que se pronunció en contra de declarar la nulidad de la condena fue Mario Netri, quien sostuvo que la defensora de Venado Tuerto no “acreditó los vicios” que le endilga al fallo, ni tampoco argumenta de qué manera se vulneraron los “principios constitucionales y convencionales imperantes en materia de derecho penal juvenil” de Mansilla en el caso.

Cronología del caso

El femicidio de Chiara Páez se conoció el 15 de mayo del 2015 en la ciudad de Rufino, en el departamento General López. Según reconstruyó la investigación, la joven aquel día salió de su casa para encontrarse con amigas. Sin embargo, nunca llegó a verlas.

A partir de allí, se inició una fuerte búsqueda que terminó con el hallazgo del cuerpo de la joven que se encontraba enterrado en el patio de la casa de Mansilla, el cual vivía con sus abuelos y era novio de la chica.

En la causa se estableció que Mansilla se encontró con Chiara aquel día. Luego la agredió y quitó la vida. Después enterró el cadáver y después llegó hasta simular preocupación por el “paradero” la víctima.

Dos años después del crimen, el juez de Menores de Venado Tuerto, Javier Pardo, dictó sentencia por el caso y condenó a Mansilla a la pena de 21 años y seis meses de prisión efectiva. El fallo fue apelado y derivó en un largo camino judicial que cinco años después terminó en la reciente resolución de la Corte.

Aire de Santa Fe

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